Page 5 - Códigos de Ética
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Artículo 9.- Nulidad parcial
La posible declaración, ya sea por un órgano judicial o administrativo, de la ilegalidad,
invalidez, nulidad o inexigibilidad de cualquiera de los artículos del presente Código, o
de una parte de los mismos, no acarreará la ilegalidad, invalidez o inexigibilidad de los
demás artículos ni de las restantes partes de los mismos, los cuáles permanecerán válidos
en todo aquello que proceda, todo ello siempre que los artículos o parte de las mismos
declarados ilegales, nulos, inválidos o inexigibles no sean esenciales.
Artículo 10.- Ley aplicable y jurisdicción competente
Este Código se regirá e interpretará conforme a la legislación española y, en particular,
según lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y toda la normativa laboral
relacionada, así como a lo indicado en el posible convenio colectivo aplicable.
Las Partes se someten para la resolución de cualesquiera disputas o reclamaciones
derivadas de la interpretación o ejecución del Código, incluyendo todas aquellas
obligaciones derivadas o relativas al Código Ético, a la jurisdicción de los Juzgados y
Tribunales de Barcelona.
III. ORGANIZACIÓN DE CCB
Artículo 11.- Estructura jerárquica de CCB
En orden de garantizar la correcta gestión y organización de CCB y permitir su correcto
funcionamiento, se establece la siguiente estructura organizativa:
I. La dirección de CCB: La dirección se corresponderá con el
consejo de administración de CCB.
En adelante, la persona u órgano encargado de la gestión de CCB se conocerá como la
"Dirección".
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