Page 34 - Códigos de Ética
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trabajadores. De esta forma, CCB se compromete a cumplir con lo dispuesto en el Estatuto

                  de los Trabajadores y restante normativa o convenio colectivo aplicable a fin de facilitar
                  los correspondientes periodos de baja necesarios por los trabajadores y el disfrute de los

                  permisos de lactancia que así se soliciten.



                  Artículo 76.- Solicitudes de excedencia


                  CCB atenderá todas las peticiones de excedencia (ya sean excedencias voluntarias, por

                  cuidado de familiares, etc.) que le sean remitidas por parte de los trabajadores, resolviendo
                  según lo establecido en la legislación aplicable, así como a lo dispuesto en el convenio

                  colectivo en su caso.


                  En  el  caso  de  que  la  Dirección  niegue  una  excedencia  en  un  momento  determinado,

                  siempre que la legislación o convenio colectivo aplicable lo permita, dicha denegación
                  será debidamente justificada en base a motivos objetivos por parte de CCB.




                  Artículo 77.- Adaptación de la jornada laboral


                  CCB se compromete a valorar con los trabajadores que así lo soliciten posibles cambios

                  o adaptaciones en su jornada laboral en base a sus necesidades personales. La solicitud
                  de este cambio implicaría reducir sus horas de trabajo dentro de las posibilidades de CCB.


                  CCB responderá por escrito a la petición del trabajador donde se justificará la posible

                  aceptación o el rechazo de la petición del trabajador, pudiendo en su caso proponerse un
                  cambio alternativo al solicitado por el trabajador en base a una serie de razones objetivas

                  de la actividad o de organización de CCB.
















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