Page 34 - Códigos de Ética
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trabajadores. De esta forma, CCB se compromete a cumplir con lo dispuesto en el Estatuto
de los Trabajadores y restante normativa o convenio colectivo aplicable a fin de facilitar
los correspondientes periodos de baja necesarios por los trabajadores y el disfrute de los
permisos de lactancia que así se soliciten.
Artículo 76.- Solicitudes de excedencia
CCB atenderá todas las peticiones de excedencia (ya sean excedencias voluntarias, por
cuidado de familiares, etc.) que le sean remitidas por parte de los trabajadores, resolviendo
según lo establecido en la legislación aplicable, así como a lo dispuesto en el convenio
colectivo en su caso.
En el caso de que la Dirección niegue una excedencia en un momento determinado,
siempre que la legislación o convenio colectivo aplicable lo permita, dicha denegación
será debidamente justificada en base a motivos objetivos por parte de CCB.
Artículo 77.- Adaptación de la jornada laboral
CCB se compromete a valorar con los trabajadores que así lo soliciten posibles cambios
o adaptaciones en su jornada laboral en base a sus necesidades personales. La solicitud
de este cambio implicaría reducir sus horas de trabajo dentro de las posibilidades de CCB.
CCB responderá por escrito a la petición del trabajador donde se justificará la posible
aceptación o el rechazo de la petición del trabajador, pudiendo en su caso proponerse un
cambio alternativo al solicitado por el trabajador en base a una serie de razones objetivas
de la actividad o de organización de CCB.
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