Page 33 - Códigos de Ética
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Artículo 72.- Calendario de vacaciones
Antes del 31 de enero de cada año, el departamento de RR.HH publicará el calendario de
vacaciones y se les comunicará a través de e-mail a todos los trabajadores.
Artículo 73.- Solicitud de vacaciones
La solicitud del período de vacaciones por parte de los trabajadores se deberá realizar
mediante e-mail al departamento de RR.HH antes del 15 de enero.
El incumplimiento de las instrucciones anteriores podrá implicar que el disfrute de las
vacaciones no se adecúe en su totalidad a las fechas interesadas por el trabajador.
Artículo 74.- Trabajo a distancia y teletrabajo
Con el fin de facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores, CCB
potenciará, siempre que así sea posible con la actividad laboral y necesidad de CCB, y lo
deseen los trabajadores de forma voluntaria, la realización de su trabajo a través de medios
telemáticos.
CCB podrá mantener un control sobre la actividad que desarrollan los trabajadores
siempre que se observen los requisitos mencionados en los artículos anteriores y se
respete la vida privada de los trabajadores.
Por último, CCB se compromete a fomentar el derecho a la desconexión digital de los
trabajadores con el fin de garantizar la conciliación de su vida laboral y familiar. De esta
forma, los trabajadores deberán estar únicamente conectados y en activo durante su
jornada laboral a los medios telemáticos facilitados. No se podrá obligar a los trabajadores
a permanecer conectados fuera de dicho horario o una vez realizados los objetivos
marcados por CCB.
Artículo 75.- Baja por maternidad y permiso de lactancia
Uno de los principios inspiradores de la relación de CCB con sus trabajadores es el de
facilitar y fomentar la compatibilización de la vida profesional y la vida familiar de los
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