Page 21 - Códigos de Ética
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En el caso de que cualquier trabajador tenga conocimiento de estas prácticas tendrá el
derecho, y el deber, de ponerlo en conocimiento inmediato de la Dirección a fin de ayudar
a la erradicación de este tipo de conductas.
Artículo 38.- Tratamiento de los clientes
Siguiendo la imagen y principios de CCB, los trabajadores quedan obligados a tratar a
todos los clientes con total educación, respeto y seriedad. Los trabajadores proveerán a
los clientes toda la información que les sea solicitada, salvo la información protegida por
tratarse de confidencial y la regulada por la legislación sobre la protección de datos.
En todo caso, toda la información remitida a los clientes sobre los productos y servicios
deberá ser veraz y precisa, prohibiéndose de forma expresa el otorgamiento de
información falsa a los clientes en las comunicaciones y actividades de promoción
llevadas a cabo por los trabajadores.
Por otro lado, siguiendo la legislación sobre la protección de datos y lo establecido en este
Código, los trabajadores tratarán los datos personales de los clientes de forma
confidencial.
Por último, los trabajadores deberán seguir lo dispuesto en esta Sección sobre prevención
de la corrupción y del fraude en todas las actividades relacionadas que lleven a cabo con
los clientes.
Artículo 39.- Relaciones con los proveedores
Los trabajadores mantendrán una relación adecuada, respetuosa y lícita con todos los
proveedores de CCB.
La contratación y gestión de los proveedores por parte de los trabajadores se realizará de
forma transparente, atendiendo a los intereses y necesidades de CCB, y evitando cualquier
posible situación de conflicto de interés o beneficio personal en relación con la
contratación o gestión de los mismos.
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