Page 19 - Códigos de Ética
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VI. PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN Y EL FRAUDE
Artículo 34.- Situaciones de conflicto de interés
Los trabajadores están obligados a manifestar cualquier potencial situación de conflicto
de interés durante el desarrollo de su actividad. Se entenderá por conflicto de interés
aquellas situaciones en las que el trabajador compite en el sector de contact center, al
igual que CCB, o aquellos casos en los que pueda utilizar información confidencial o
conocimientos adquiridos en el desarrollo de su actividad para competir contra CCB,
entre otros.
De esta forma, los trabajadores no podrán llevar a cabo actividad o transacción alguna
que pueda potencialmente atentar contra los intereses de CCB, salvo que sea
expresamente autorizado por parte de la Dirección.
En el caso de que cualquier trabajador detecte una potencial situación de conflicto, la
misma se deberá comunicar a la Dirección tan pronto como tenga conocimiento de la
misma.
Artículo 35.- Contratación de familiares
CCB tratará de garantizar el respeto de los principios de contratación basados en la
igualdad en el acceso, experiencia y formación fijados en el presente Código. Con el fin
de garantizar dichos principios e impedir posibles situaciones de abuso de poder o de
conflicto de interés, se prohíbe la contratación de personas con afinidad cercana a los
trabajadores y/o Gerente, lo cual incluye familiares, amigos o personas con las que puedan
tener relaciones sentimentales, si no cuentan con el consentimiento expreso de la
Dirección.
Siguiendo el presente Código Ético, se considerarán como familiares de un trabajador a
los padres, madres, hijos hermanos, sobrinos, primos, abuelos, nietos, bisnietos, cuñados,
yernos, suegras y cualquier otro pariente similar.
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