Page 16 - Códigos de Ética
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normas antes citadas, ya sea de forma personal o mediante la ayuda o colaboración de
terceros.
Asimismo, los trabajadores deberán poner en conocimiento de la estos posibles
incumplimientos dentro de CCB tan pronto como tengan conocimiento de los mismos.
CCB se compromete a facilitar a los trabajadores toda la información sobre las
obligaciones recogidas en el presente Código, así como las normas internas aprobadas por
la dirección de CCB, además de toda la legislación aplicable a fin de garantizar que
puedan cumplir de forma efectiva con todas sus obligaciones.
En el caso de que en un punto concreto los trabajadores desconozcan la normativa
aplicable o las normas internas de CCB, o tengan cualquier duda sobre su interpretación
o aplicación, deberán ponerse en contacto con la Dirección para informar de dicha
circunstancia. CCB se compromete en estos casos a facilitar toda la información
correspondiente y a solventar cualquier duda existente.
Artículo 30.- Realización de otras actividades laborales
En la búsqueda del desarrollo de su actividad de la forma más efectiva y de la prevención
de posibles abusos en el uso de la información adquirida en el desarrollo de su trabajo,
los trabajadores podrán realizar actividades fuera de su jornada laboral siempre que no
supongan un perjuicio a la labor que deben llevar a cabo para CCB, y respeten las posibles
cláusulas de exclusividad o de no competencia que se puedan recoger en sus respectivos
contratos de trabajo.
Los trabajadores podrán, salvo que se acuerde de forma específica lo contrario en su
respectivo contrato de trabajo, prestar asesoramiento o servicios en favor de personas
físicas o jurídicas que se dediquen a un objeto similar o que pueda considerarse
competencia de CCB, ya sea en régimen de contrato laboral, incluso si se trata de una
relación laboral especial, o en régimen de arrendamiento de servicios o asesoramiento
interno, de modo directo o indirecto a través de personas jurídicas interpuestas siempre
que no se utilice la información obtenida en el desarrollo de su actividad para competir
de forma desleal con CCB.
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