Page 14 - Códigos de Ética
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III.- Se procederá a la devolución de los recursos, enseres, equipos,

                         documentación, y objetos puestos a disposición por parte de CCB en el mismo
                         día de la finalización del contrato con CCB.


                  Los trabajadores responderán de los desperfectos que puedan causar por llevar a cabo

                  conductas  que  vayan  más  allá  del  uso  cotidiano  de  los  elementos  o  bienes  de  CCB
                  facilitados o en los casos que no se hayan respetado las normas de uso específicamente

                  detalladas. El uso indebido o fuera de su uso cotidiano de estos bienes dará lugar a la
                  correspondiente sanción disciplinaria.




                  Artículo 26.- Protección de la propiedad industrial e intelectual de CCB


                  Dada la importancia para la actividad de CCB de toda su propiedad industrial y de toda

                  su  propiedad  intelectual,  los  trabajadores  deberán  respetar  y  proteger  este  tipo  de
                  propiedades de CCB de forma activa.


                  En  concreto,  dentro  de  la  propiedad  intelectual  se  incluirán  todo  tipo  de  creaciones

                  artísticas, escritos, vídeos, o similares creados o de titularidad de CCB.


                  El uso de este tipo de propiedades por parte de los trabajadores se ceñirá estrictamente a

                  las necesidades de su puesto y a las instrucciones de la dirección de CCB, no pudiendo
                  utilizar cualesquiera de este tipo de propiedades para el desarrollo de actividades distintas

                  a las que le corresponden.



                  Artículo 27.- Uso del teléfono móvil personal


                  Con el fin de evitar posibles distracciones o accidentes derivados de la falta de atención

                  en el trabajo, prevenir errores en su labor y garantizar la debida colaboración entre los
                  compañeros para el desarrollo de la actividad, se prohíbe de forma expresa el uso del

                  teléfono o cualquier dispositivo móvil personal de los trabajadores durante su jornada

                  laboral, sin incluir motivos de fuerza mayor o emergencias familiares, en los cuales el
                  trabajador tendrá permitido estar pendiente del teléfono móvil.









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