Page 10 - Códigos de Ética
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Artículo 18.- Protección de la información privada de los trabajadores
CCB reconoce la importancia de proteger toda la información confidencial en relación
con sus trabajadores en estricto cumplimiento con el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo
(LOPDGDD), y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro. En
cumplimiento de las normativas anteriormente mencionadas, se suscribirá el
correspondiente acuerdo de confidencialidad entre trabajador y CCB para garantizar el
cumplimiento a los principios esenciales en materia de protección de datos.
De esta forma, CCB se compromete a gestionar los ficheros de información de los
trabajadores de acuerdo con la normativa anteriormente citada, debiendo solicitar la
autorización a estos para poder realizar el correcto procesamiento de sus datos. Los datos
de los trabajadores podrán ser incorporados a un fichero propio, automatizado o no, de
recogida de datos con el fin de ejecutar correctamente la relación laboral y,
eventualmente, permitir la gestión administrativa y/o comercial de los datos que CCB
pueda estimar necesaria.
Por último, los trabajadores podrán ejercer todos los derechos de acceso, rectificación,
supresión, limitación del tratamiento, portabilidad u oposición con los que pudieran
contar atendiendo a la legislación anteriormente indicada.
Artículo 19.- Conciliación de la vida profesional y familiar
Uno de los principios rectores de la política de recursos humanos de CCB será el fomento
activo de medidas de conciliación de la vida profesional y familiar de los trabajadores en
todo aquello que sea posible en atención a su actividad.
Dentro de CCB se potenciará el establecimiento de horarios que tengan en cuenta la
situación familiar de los trabajadores, tratando de adaptar, en todo lo posible, la jornada
laboral a sus necesidades familiares, respetando las necesidades de la campaña.
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